A partir de la RG 5762/2025 cambian los nombres y las leyendas de las facturas cuando AFIP detecta problemas de solvencia o controles.
Queda así:
👉 Factura “A” – Operación Sujeta a Retención (RG 5762/2025)
Es la factura que lleva retenciones plenas (100% IVA y 6% Ganancias).
👉 Factura “A” – Pago en CBU Informada (RG 5762/2025)
No lleva retenciones, pero el pago debe hacerse sí o sí en la CBU declarada.
ARCA publicó la RG 5762/2025, que elimina la Factura “M” y redefine las modalidades de Factura “A” según el grado de solvencia y consistencia fiscal del contribuyente.
Luego, la RG 5764/2025 ajusta las normas de facturación e impresión para alinearlas con este nuevo esquema (incluyendo comprobantes electrónicos y comprobantes impresos de respaldo).
En la práctica, lo que cambia es cómo se llaman y qué leyendas llevan algunas Facturas “A”, especialmente en los casos donde ARCA (AFIP) detecta problemas de solvencia o inconsistencias fiscales.
A partir de la RG 5762/2025, las opciones de Factura “A” quedan así:
Factura “A” común
Para contribuyentes que cumplen todos los requisitos de solvencia y consistencia fiscal.
Sin leyendas especiales.
Factura “A – Operación Sujeta a Retención”
Factura “A – Pago en CBU Informada”
Surge como la nueva versión de la antigua “Factura A Sujeta a Retención (RG 1575)”, pero sin retenciones.
Se utiliza cuando el contribuyente tiene consistencia fiscal, pero no acredita solvencia patrimonial suficiente, y ARCA exige que:
El cobro se realice exclusivamente en la CBU declarada y publicada por el organismo.
En Albor estos cambios normativos se traducen, básicamente, en un cambio de nombre de los comprobantes.
La lógica impositiva ya estaba contemplada en la mayoría de los casos (por ejemplo, para las retenciones que antes aplicaban sobre Factura “M”).
Antes:
“Factura M”
Ahora pasa a llamarse:
“Factura A – Operación Sujeta a Retención (RG 5762/2025)”
En Albor se mantiene el mismo tipo de comprobante y la misma lógica de retenciones (100 % IVA + 6 % Ganancias), solo se actualiza el nombre y la leyenda.
Antes:
“Factura A Sujeta a Retención (RG 1575)”
Ahora pasa a llamarse:
“Factura A – Pago en CBU Informada (RG 5762/2025)”
En Albor se mantiene el tipo de comprobante y su tratamiento impositivo: no se aplican retenciones automáticas. Lo que cambia es el nombre y la referencia normativa; la obligación de pagar en la CBU informada es una condición legal/operativa entre las partes, no algo que el sistema pueda forzar.
Con esta adecuación normativa:
No cambian los códigos de tipo de comprobante utilizados para facturación electrónica.
No cambian los esquemas de retención configurados para la antigua Factura “M”:
Seguirás teniendo retención de 100 % de IVA y 6 % de Ganancias asociada al nuevo tipo “A – Operación Sujeta a Retención”, tal como exigía la “M”.
No cambia la forma de registrar estos comprobantes en compras y ventas dentro de Albor.
No cambian tus procesos habituales de emisión desde el sistema: solo verás nuevos nombres y nuevas leyendas en las facturas.
Desde la perspectiva del usuario de Albor, el cambio es principalmente de denominación y leyendas; la operatoria diaria se mantiene igual.